
De no mediar ningún problema político ajeno a la situación del Club Comunicaciones, y conseguirse el quórum necesario para sesionar, la Cámara de Diputados de la Legislatura Porteña trataría el proyecto de salvataje. Acá tenés el proyecto para leerlo:
Proyecto nº: | 201002805 | Año: | 2010 | ||
Tipo: | LEY | Sesión: | 30/09/2010 | ||
Resumen: AUTORIZASE AL GOBIERNO DE LA CIUDAD A PRESENTARSE EN LA QUIEBRA DEL CLUB COMUNICACIONES. | |||||
Autores: | SCRENCI SILVA, BRUNO - ARENAZA, JUAN PABLO - BISUTTI, DELIA - CABANDIE, JUAN - CAMPOS, ANTONIO RUBEN - D'ANGELO, JULIAN - FERNANDEZ, RAUL - GARAYALDE, JORGE - IBARRA, ANIBAL - PAGANI, ENZO - PEDREIRA, SILVINA - REBOT, HELIO - RUANOVA, GONZALO - TAMARGO, AVELINO | ||||
Bloques: | PARTIDO SOCIALISTA - DEL SUR - UNION CIVICA RADICAL - COALICION CIVICA - PROPUESTA REPUBLICANA - DIALOGO POR BUENOS AIRES - ENCUENTRO PROGRESISTA - EVA PERON - PERONISTA - ENCUENTRO POPULAR PARA LA VICTORIA - PROYECTO SUR - NUEVO ENCUENTRO | ||||
Tratamiento: | PRESUPUESTO, HACIENDA, ADMINISTRACION FINANCIERA Y POLITICA TRIBUTARIA - TURISMO Y DEPORTE | ||||
PROYECTO DE LEY
Artículo 1°.- El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se presentará, en un plazo no superior a los treinta días, ante la administración fiduciaria interviniente en la quiebra del Club Comunicaciones a fin de realizar una propuesta de puesta en valor e inversión suficiente que incluya el pago de la totalidad de la deuda vigente a condición de:
a) el levantamiento de la quiebra.
b) se convoque a asamblea general de socios con el objeto de modificar el estatuto, previa aprobación de la Inspección General de Justicia, permitiendo que todos los socios activos del club comunicaciones puedan elegir y ser electos como autoridades, sin distinción de ninguna índole.
c) Cumplidos los incisos a y b, se convoque a elecciones de autoridades en un plazo no superior a 90 días.
d) Se traspase al dominio público del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un sector de la fracción "F" de la manzana 54 A sección 71 circunscripción 15, el que conservará el distrito de zonificación actualmente vigente, de no más de seis hectáreas para la construcción de un estadio cubierto que no afecte las actividades de la entidad deportiva y del Instituto Educativo Club Comunicaciones. El trazado definitivo del sector de la parcela a delimitar será fijado por la autoridad administrativa que corresponda dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y los organismos técnicos del GCBA pertinentes, previo giro a la Legislatura para su conocimiento y aprobación, cumpliendo con los procedimientos y normas vigentes.
Artículo 2º.- Si resultara aceptada y aprobada la propuesta por el órgano judicial competente, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires procederá en forma inmediata a la mensura, deslinde e inscripción en el Registro de la propiedad inmueble a favor del dominio público, de la parcela resultante destinada a la construcción del estadio cubierto.
Artículo 3º.- Dentro de los 3 (tres) meses de haberse procedido al traspaso de la parcela al dominio público, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberá llamar a licitación pública a fin de construir un estadio cubierto sobre la parcela traspasada, previo cumplimiento de la normativa vigente.
Artículo 6°.- Los gastos que demande la presente serán imputados a la partida presupuestaria correspondiente.
Artículo 7º.- Comuníquese, etc.
FUNDAMENTOS
Sr. Presidente:
Fundado en el año 1931, el Club Comunicaciones, supo crecer más allá de su origen, como pretende cualquier socio fundador de una institución, en efecto, el personal de la antigua compañía de Correos y Telecomunicaciones, jamás imaginó lo que trascendería esta prestigiosa institución deportiva.
Ante el crecimiento y éxito de sus actividades, en la década del 50 el por entonces Presidente de la Nación, Juan D. Perón, cedió al club el actual predio de 16 hectáreas.
Lamentablemente, no todo es historia llena de progreso y crecimiento, porque como algunas instituciones deportivas de barrio fueron usurpadas por personas que no supieron entender el significado de la institución ni cumplir la voluntad de los socios fundadores, así es que por el año 2000 se le decretó la quiebra luego de un intento fallido de la comisión directiva de ese momento de cerrar un negocio inmobiliario.
Con la sanción de la ley 25.284 (a partir de la quiebra de Racing Club), el club es intervenido judicialmente, designando el juez un órgano fiduciario, al no haber normalidad institucional el gobierno en los hechos queda en manos de un juez cuya única misión es hacer cumplir la ley pero sin tener el conocimiento, dedicación y “sentimiento” para poder sacar adelante una institución de esta naturaleza.
En el estado actual de cosas y en el entendimiento de que el Club Comunicaciones es una institución deportiva y educacional que cumple una importante función social y deportiva, así como en el de contención de grupos de chicos y jóvenes con dificultades económicas y familiares, Comunicaciones tiene un potencial enorme que se puede, y se debería, aprovechar generando una estrecha relación con el Gobierno a través de sus diferentes agencias y organismos (áreas de desarrollo social, deportes, salud, medioambiente, etc.), ONG´s y entidades intermedias afines.
Claramente el predio del club se destaca por sus dimensiones, su frondosa vegetación (al ser un predio centenario originalmente de la Facultad de Agronomía y Veterinaria de la UBA) y su ubicación relativa privilegiada en la ciudad de Buenos Aires con múltiples medios de comunicación que lo conectan con el resto de la Ciudad y el Gran Buenos Aires (FFCC Urquiza, San Martín, Líneas de transporte automotor urbanas y suburbanas que corren por Avda. San Martín, Avda. Nazca y Avda. Beiró).
En los años previos a la quiebra del club las instalaciones sufrieron un agudo proceso de deterioro producto de la falta de mantenimiento y, en otros casos como en el Mircroestadio cubierto, se trata de construcciones que no han podido ser completadas en un 100 %, si bien se encuentran operativas en su totalidad.
La deuda al día de hoy ronda los $ 10 millones de pesos, a pesar de que recientemente la Legislatura aprobó una ley (Ley 3279) para condonar una importante deuda de ABL que arrastraba la institución.
El nuevo paso que se propone, permitirá al Club terminar de normalizar su situación económico financiera, permitiendo como contrapartida el uso de cualquiera de sus instalaciones a las escuelas de la Ciudad, sin costo, y por un plazo que entendemos razonable para amortizar la inversión que debe realizarse para pagarle a los acreedores.
El presente proyecto permitirá al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires garantizar la continuidad de una institución deportiva y educativa que cumple un gran papel socio cultural en el barrio, además el llamado a licitación para la construcción de un microestadio cubierto le permitirá recuperar la inversión realizada en el predio en muy poco tiempo.
Es por todo lo expuesto Señor Presidente que solicitamos la pronta aprobación del proyecto de ley a fin de llegar a una solución posible en el conflicto que no permite a esta prestigiosa institución el crecimiento que sus socios quieren imprimirle.
No hay comentarios:
Publicar un comentario